La revista RAYA reconstruyó cómo estalló el escándalo de acoso sexual dentro del canal Caracol a partir del acta de inspección del Ministerio de Trabajo y de fuentes protegidas de la misma empresa. El documento da cuenta de que el canal conocía casos al menos desde 2021 y que tenían 15 quejas adicionales sin respuesta. Incluso, en el caso del presentador Ricardo Orrego, se habría instruido a presuntas víctimas para que evitaran encontrarse con él. Durante la inspección, los funcionarios preguntaron a los directivos de Caracol si habían trasladado la información a la Fiscalía. La empresa admitió que no había presentado esa denuncia.
Por: Tatiana Portela
El 13 de marzo pasado, tres periodistas y una practicante de la redacción de Caracol Televisión acudieron ante la dirección de Gestión Humana para denunciar que llevaban meses siendo afectadas por hechos de acoso sexual por parte de Jorge Alfredo Vargas y de Ricardo Orrego. Se trataba de dos de los presentadores más antiguos del noticiero nacional, rostros que se veían todos los días en las pantallas de millones de colombianos, cuyos nombres pasaron de la fama al desprestigio once días después de estas denuncias, el 24 de marzo, cuando la empresa emitió un comunicado público en el que anunció la desvinculación laboral de Vargas y Orrego. Días después, el Ministerio del Trabajo realizó una inspección y encontró que la denuncia que detonó la crisis no correspondía a un hecho aislado, sino que existían quejas desde años anteriores que no habían sido atendidas de forma contundente.
En respuesta a la crisis, Caracol no sólo emitió dos comunicados, también horas después su presidente, Gonzalo Córdoba, pronunció un discurso que difundió por redes sociales en el que se mostraba contundente en favor de las víctimas y aseguraba que el canal las había protegido. Sin embargo, el acta de inspección del Ministerio del Trabajo, conocida por RAYA, muestra llamados de atención de tiempo atrás contra el presentador de deportes Ricardo Orrego, fallas en la forma en que el canal había respondido a denuncias previas y el rastreo de nuevos casos que pudieran estar protagonizando otras figuras tanto del canal como de la emisora del mismo grupo empresarial, es decir, Blu Radio.
El caso definitivo que rompió el presunto encubrimiento dentro del canal fue el de la practicante que llegó en diciembre de 2025. De acuerdo con testimonios recopilados por RAYA, tras su ingreso a la redacción de noticias la joven se convirtió rápidamente en objetivo de hostigamiento por parte de Jorge Alfredo Vargas. El acoso, según las fuentes consultadas, no se limitaba a las oficinas; el presentador habría utilizado su posición de poder para invadir su vida privada mediante mensajes constantes fuera del horario laboral e incluso se atrevió a llamarla a las 2:00 a.m. Esa situación habría provocado que la víctima sufriera un cuadro severo de ansiedad, lo que la llevó a romper el silencio ante las directivas de Caracol ese 13 de marzo junto con otras tres mujeres que decidieron respaldarla y también denunciar sus casos alrededor de Vargas y Orrego.
Según lo evidencia el acta de inspección del Mintrabajo, la practicante ese mismo 13 de marzo tomó también la iniciativa de denunciar ante la Fiscalía. Incluso, una fuente cercana al caso, reveló a RAYA que la víctima lanzó un ultimátum a Caracol: si la empresa no hacía público el caso y tomaba medidas ejemplares contra el presentador, ella misma se encargaría de revelar las pruebas ante la opinión pública. Según esa fuente, fue esta advertencia —y no una iniciativa del medio como se ha presentado— lo que habría forzado la salida de dos de los presentadores más reconocidos de la televisión colombiana, dejando al descubierto lo que el canal ya no pudo seguir ocultando.
Es más, el acta de inspección expone uno de los hallazgos más reveladores: la dirección del noticiero ya había hecho dos llamados de atención diferentes a Ricardo Orrego por conductas de acoso sexual. El primero, el 18 de agosto de 2023, hace casi tres años: “por abrazos forzados, besos obligados, acercamientos a las personas y tocamientos corporales no consentidos”. Caracol, según el documento, no inició el proceso disciplinario correspondiente ante la gravedad de las denuncias, ni desplegó ninguna acción al respecto más que un memorial al presentador. La empresa le manifestó al Ministerio que no se realizaron acciones sobre esta denuncia porque, supuestamente, “las víctimas solicitaron que el comité de convivencia no tuviera conocimiento de los hechos”. Sin embargo, no explicaron por qué.
Dos años después, exactamente el 28 de abril de 2025, se presentó otro llamado de atención a Orrego por presuntos comportamientos “absolutamente inaceptables hacia mujeres del noticiero”, según la información que Caracol le suministró al Ministerio. Entonces, las víctimas señalaron al presentador de ejercer acercamientos inadecuados no consentidos y ofensivos, utilizando su posición jerárquica para propiciar situaciones que desde entonces Caracol advertía “que constituyen una evidente falta de respeto y vulneración a la integridad del equipo”. Según aseguró el canal durante la inspección, estas conductas produjeron una situación de “un ambiente de trabajo inseguro, tenso y hostil que provocó un temor entre las colaboradoras afectadas”, lo cual, incluso, se extendió a la emisora Blu Radio en la que Orrego también laboraba.
Los inspectores del Ministerio del Trabajo, que estuvieron cerca de ocho horas realizando la inspección a Caracol Televisión, revelaron a Revista RAYA que existían antecedentes sobre conductas de acoso sexual atribuidas a Ricardo Orrego al menos desde 2021.

Viceministra de Relaciones Laborales e Inspección, Sandra Milena Muñoz durante la inspección a Caracol Tv
Otros testimonios recolectados por RAYA revelan que el acoso de Jorge Alfredo Vargas y Ricardo Orrego no era un secreto, sino una conducta normalizada. Ante la reiterada negativa de Caracol a iniciar investigaciones serias, los señalamientos eran un “runrún” de pasillo, un ruido de fondo y unas conductas con las que las empleadas y colaboradoras tuvieron que aprender a lidiar ante la falta de protocolos. De hecho, las directivas del canal instruyeron de manera verbal e informal a las víctimas sobre qué acciones tomar —y cuáles evitar— para sobrellevar las conductas inapropiadas específicamente de Ricardo Orrego. Una de las fuentes relató la severidad de estas advertencias: “Teníamos prohibido saludarlo. Si nos lo encontrábamos en el ascensor, la orden no formal era que debíamos bajarnos de manera inmediata; bajo ninguna circunstancia se sostenían reuniones privadas con él”.
En el marco de la inspección se recaudaron 15 quejas adicionales, “las cuales dan cuenta de la posible existencia de múltiples situaciones de acoso sexual que no habrían sido tramitadas debido a barreras como el temor a represalias y la percepción de ineficacia de las rutas de atención”. De hecho, el canal carece de un protocolo de atención para casos de acoso sexual que proteja al personal tercerizado.

Viceministra de Relaciones Laborales e Inspección, Sandra Milena Muñoz durante la inspección a Caracol Tv y Blu Radio.
Estas denuncias no eran nuevas. Lo hallado durante la inspección, revela un historial de expedientes que el canal mantuvo bajo reserva durante años. Entre los hallazgos más contundentes de la inspección se encuentra un caso documentado en 2021, del cual se obtuvo tanto la carpeta laboral de la excolaboradora como el expediente de un procedimiento adelantado por presunto acoso laboral y/o sexual. El acta de inspección consigna que el Ministerio solicitó a Caracol los expedientes laborales de antiguas presentadoras y un comediante, quienes motivados por el escándalo decidieron hacer públicos sus casos de acoso sexual y laboral en las redes sociales. Entre los nombres vinculados al proceso se destacan: Lina Tobón, Mabel Cartagena y Juan Ricardo Lozano, conocido como "Alerta".
Mientras que algunos de los afectados han optado por la denuncia abierta, existe un número significativo de víctimas adicionales cuyos testimonios permanecen bajo reserva legal, ya que no han tomado la decisión unilateral de revelar su identidad ante la opinión pública. Estos casos, sumados a los testimonios que se recogieron en el marco de la inspección, apuntan a la posible existencia de patrones reiterados de conducta y de un entorno laboral que podría haber facilitado la ocurrencia y persistencia de situaciones de acoso sexual en la redacción.
Otro hecho que se evidencia en el documento es el cese de actividades de ambos presentadores: mientras que Orrego fue despedido de forma unilateral, con Jorge Alfredo Vargas se suscribió un acuerdo de transacción y mutuo consentimiento que incluía una cláusula de "Confidencialidad Recíproca". Caracol justificó este trato diferencial argumentando que Vargas, de 59 años, ya cumplía con los requisitos de jubilación. Estas decisiones, según el documento de inspección, impidieron la apertura de un procedimiento formal y el adelantamiento de una investigación orientada al esclarecimiento de los hechos.
Sobre la polémica desvinculación laboral de los presentadores Jorge Alfredo Vargas y Ricardo Orrego, Revista RAYA consultó a Liria Manrique, abogada experta en violencias basadas en género. Para la jurista, el proceder de Caracol Televisión no fue una simple decisión administrativa, sino un desafío a la jurisprudencia de las altas cortes que exigen a las empresas dejar de ser "catalizadoras" de la violencia por omisión. “Caracol operó bajo un vacío estructural al no contar con protocolos específicos de género. Al carecer de una ruta clara, la empresa desvió denuncias de extrema gravedad hacia el Comité de Convivencia o la Gerencia de Recursos Humanos, entes que carecen de competencia legal para estos casos”. El acoso sexual laboral está tipificado en el artículo 210 A del Código Penal; por tanto, la respuesta de Recursos Humanos no reemplaza el deber de poner esos hechos en conocimiento de la Fiscalía General de la Nación. Al tramitarlos internamente, Caracol ignoró la obligación de dar un tratamiento empático a las víctimas, trasladando ese beneficio a los presuntos victimarios para salvaguardar la imagen corporativa", señaló Liria.

La experta subraya que la Ley 1257 de 2008 proferida por el Congreso de la República obliga a las empresas a garantizar un mundo libre de violencia. Al conocer de una presunta conducta punible, la empresa no debió "juzgar" internamente, sino cumplir con el artículo 67 del Código de Procedimiento Penal, que impone el deber de denunciar.


"No se trata de si la empresa tiene la certeza del delito. Ante la presunción, el deber legal era compulsar copias a la Unidad Especial de Género de la Fiscalía para que se investigara. Al no hacerlo, la empresa vulnera la Sentencia T-104 de 2025, que prohíbe a los patronos permitir que estos casos queden en la impunidad", explica la abogada.
Lo más cuestionable del proceder de Caracol, según Liria, es la arquitectura del despido. En lugar de un proceso disciplinario riguroso, se optó por una salida que terminó favoreciendo a los señalados pues el despido sin justa causa bajo la ley laboral se traduce en una indemnización económica. Frente a la cláusulas de confidencialidad que se firmaron con el presentador Jorge Alfredo Vargas, la jurista advierte que estas cláusulas no son pactables jurídicamente cuando el origen es un presunto delito penal. “Pactar silencio sobre una base delictiva es, técnicamente, una obstrucción a la verdad".

Mujeres en el 8M 2026 en rechazo a la violencia contra las mujeres y en memoria de las víctimas de feminicidios. Camila Diaz /EFE
Para la jurista lo que debió hacer Caracol fue priorizar a las víctimas, si bien no había un protocolo, lo que debió primar fue la protección y el relato de las víctimas sobre los presentadores, trasladar de inmediato el caso a la justicia penal, es decir la Fiscalía que tiene además, una sala especial para las violencias basadas en género en lugar de cerrarlo con acuerdos transaccionales. Era necesario adelantar el proceso disciplinario correspondiente, agotando la vía interna para establecer las sanciones laborales claras, en lugar de una terminación por mutuo acuerdo que en definitiva “limpia la hoja de vida los implicados” concluyó la abogada.
La Sala de Casación Laboral 551-22 del 2018 proferida por La Corte Suprema de Justicia de Colombia ha advertido que la 'indebida tolerancia' de las empresas castiga a la mujer que no se somete al acoso. A juicio de la jurista, lo que ocurrió aquí fue una telaraña jurídica para salvar la imagen de los presentadores, alimentando una cultura histórica que duda de las víctimas, minimiza sus relatos y garantiza que las acciones de los agresores queden protegidas por un cheque y un contrato de silencio. La falta de denuncia adecuada es el oxígeno que permite que el acoso laboral sexual se repita”.
Corte Suprema de Justicia, Sala Casación Laboral. Radicado 55122 31 de enero del 2018
De acuerdo con el relato de una de las fuentes que estuvo presente en la diligencia y quien recibió personalmente las denuncias, la inspección del Ministerio del Trabajo en Caracol Televisión se extendió por cerca de ocho horas. Durante este tiempo, la lupa de los funcionarios se centró en las carpetas laborales de figuras de alto perfil como Alberto Medina, subdirector de Noticias Caracol; Néstor Morales, director de Mañanas Blu; y Sylvia Patiño, coordinadora de redacción en Blu Radio, con el fin de auditar sus historiales y verificar antecedentes por presunto acoso laboral. La fuente explicó que la inspección reveló un panorama crítico de violencia laboral y de género gracias a una estrategia de denuncias anónimas mediante un código QR. “Durante la visita comenzamos a recibir denuncias en este código”, señaló, advirtiendo que la respuesta de los empleados fue tan inmediata y masiva que obligó al Ministerio a exigir los expedientes en pleno desarrollo de la diligencia para contrastar la información en tiempo real.
El nombre de Néstor Morales fue, según la fuente, uno de los más señalados por las trabajadoras. Las denuncias lo describen como un “misógino y maltratador laboral” que utilizaría un supuesto lenguaje descalificante. Una de las denunciantes señaló a la fuente del Ministerio que: “Nestor barre el piso con las mujeres periodistas”, a quienes presuntamente tilda de “brutas e ineptas” mediante frases desobligantes y violentas. La gravedad de estos reportes, en un contexto en el que la mayoría de las denunciantes son mujeres, llevó a los inspectores a verificar si la empresa había activado la ruta de protección de la Ley 1257 de 2008. Además, la fuente confirmó a RAYA que, incluso después de terminada la jornada de inspección, el flujo de quejas no cesó; el Ministerio continuó recibiendo denuncias de manera ininterrumpida, en su gran mayoría de mujeres que ratifican los patrones de maltrato atribuidos a Morales.
Ante la falta de medidas para proteger a las víctimas, el Ministerio luego de la inspección impuso a Caracol TV varias medidas preventivas y temporales: garantizar la protección de las personas denunciantes, presuntas víctimas y testigos, evitando la revictimización; diseñar e implementar medidas de reparación integral concertadas previamente con las víctimas de los hechos denunciados; garantizar la no represalia y la protección laboral a quienes denuncien acoso laboral y sexual; adelantar investigaciones internas y externas con enfoque de género; reconstruir documentalmente el proceso contra Ricardo Orrego para determinar cuáles fueron las quejas que dieron origen a los llamados de atención de 2023 y de 2025; ajustar los mecanismos de justicia y su trazabilidad; adoptar protocolos de política de género y diversidad en orientaciones sexuales e identidades de género; y fortalecer las medidas de sensibilización y prevención frente al acoso sexual.
En respuesta a esas medidas, RAYA conoció que el pasado jueves 9 de abril Caracol presentó un recurso de reposición para tumbar las medidas preventivas temporales impuestas por el Ministerio del Trabajo. Hasta ahora se desconocen los argumentos de la empresa.
Con el fin de contrastar los hallazgos del Ministerio del Trabajo, Revista RAYA contactó a Juan Roberto Vargas, director de Noticias Caracol. Sin embargo, Vargas declinó responder a nuestros interrogantes o emitir cualquier pronunciamiento oficial, señalando que el único autorizado para tal fin es el presidente de la compañía, Gonzalo Córdoba. Aunque el director facilitó un canal de comunicación para remitir el cuestionario formal vía correo electrónico, al cierre de esta edición no se obtuvo respuesta alguna por parte de Córdoba. Caracol Televisión mantiene silencio sobre las razones jurídicas por las cuales decidió apelar las medidas preventivas temporales impuestas por el Ministerio del Trabajo contra la cadena y también sobre la forma en que desvinculó a los presentadores Ricardo Orrego y Jorge Alfredo Vargas.
En el marco de la investigación decidimos consultar a Marely Cely Silva Investigadora y defensora de Derechos Humanos con enfoque en Violencias basadas en Género sobre la decisión de Caracol para apelar las medidas preventivas, la investigadora califica la postura de Caracol Televisión como el reflejo de una sociedad donde impera la generalización del comportamiento de ilegalidad sobre los derechos humanos, especialmente al concebir las garantías laborales no como derechos fundamentales, sino como cargas “exageradas” impuestas al empleador. “Esta conducta de Caracol desconoce el mandato del Artículo 25 de la Constitución Nacional y tratados internacionales como el Convenio 190 de la OIT, los cuales obligan al Estado y a las empresas a asegurar un entorno libre de violencia y discriminación”. “En un país marcado por el conflicto, resulta alarmante que un medio de comunicación que abandera libertades parezca “proteger al victimario al atacar jurídicamente medidas cautelares diseñadas para proteger a las víctimas que, venciendo el miedo y el daño generado, han decidido alzar su voz contra conductas de acoso laboral y sexual”.


Para la investigadora, la situación en la cadena de televisión a su modo de ver parecería sistémica, articulada e institucional, pues sólo una estructura de este tipo explicaría el escenario de silencios y miedos que ha rodeado estos casos durante años. “La responsabilidad de un medio de opinión trasciende lo administrativo, pues tiene el deber ético de propiciar la búsqueda de la verdad y el resarcimiento, conforme a los estándares de la Ley 1257 de 2008 sobre la no violencia contra las mujeres”. En conclusión, para Silva si bien la empresa cuenta con herramientas legales para su defensa, esta postura no puede traducirse en una nueva vulneración de derechos, ya que la verdad es el único camino para garantizar que el trabajo sea un espacio de realización y no una herramienta para la explotación o el abuso.
