La familia Charris Bolaño fue desplazada por paramilitares en 1999 y obligada a vender su finca a un precio irrisorio. En 2018, la justicia ordenó su restitución, pero un tecnicismo de la DIAN seccional Santa Marta ha frenado el proceso: exige declarar renta de un predio que no poseían. La DIAN nacional los exime, pero la local se niega a acatar el concepto. Una restitución enredada que perpetúa la impunidad contra los campesinos.
Por: Juan Carlos Granados Tuta
Colombia acumula más de 8,6 millones de víctimas de desplazamiento forzado. Aunque la restitución de tierras es una de las medidas clave de la reparación integral, su aplicación sigue plagada de obstáculos burocráticos, legales y políticos. La historia de la familia Charris Bolaño, en Pivijay (Magdalena), lo ejemplifica con precisión: después de haber sido despojados por los paramilitares y reconocidos como víctimas por la justicia, una oficina de la DIAN les exige declarar renta por un predio a pesar de que fueron despojados hace 25 años y no han sido restituidos materialmente. La DIAN nacional ya estableció que esta obligación no aplica para predios despojados, pero la seccional Santa Marta se niega a acatar el concepto.
La familia Charris Bolaño, de Pivijay, Magdalena, lleva 25 años esperando ser reparada por el desplazamiento y la venta forzada de su tierra, hechos que sufrieron a manos de los paramilitares. Vivían en el corregimiento de Salaminita, conocido como el pueblo que desapareció tras el arrasamiento cometido por el Frente Pivijay del Bloque Norte de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC).
Este frente se creó después de que Saúl Alfonso Severini Caballero, ganadero de la región quien fungió como paramilitar y fue condenado, contactara en representación de los terratenientes del municipio a Rodrigo Tovar Pupo alias “Jorge 40”, jefe del Bloque Norte. Severini le ofreció a “Jorge 40” financiar una estructura paramilitar en Pivijay, la cual se conformó en mayo de 1999.
“A veces teníamos que salir de noche, descalzos, cuando escuchábamos los disparos. Dormíamos en camas de paja en el monte mientras se calmaba todo. La situación se volvió insostenible y tuvimos que dejar nuestra finca”, relata Mary Luz Charris, víctima del desplazamiento y despojo paramilitar en Salaminita. La violencia en el corregimiento fue escalando hasta que el 7 de junio de 1999 llegó a su punto de quiebre.
Familia Charris Bolaño
Aquel día, la mayor parte de la población huyó tras el asesinato de María del Rosario Hernández, inspectora de Policía del pueblo durante 12 años, y de los jóvenes Óscar Barrios y Carlos Cantillo. Tomás Gregorio Freyle Guillén alias “Esteban”, primer comandante del Frente Pivijay, los señaló de ser colaboradores de las Farc y ordenó que los ejecutaran delante de la comunidad. Después, “Esteban” le dio la orden a un paramilitar con el alias de “Gitano” de tumbar las casas con un bulldozer. En esa incursión también participaron Danny Daniel Velásquez Madera, alias “José Cabeza”, y Deiro Elías Londoño Garcés, alias “Care Niña”.
Después de la destrucción de Salaminita, los desplazados fueron perseguidos y obligados a vender sus tierras a precios irrisorios. Fue el caso de la familia Charris Bolaño. Orlando Rafael Charris Cantillo, padre de Mary Luz, huyó junto a su esposa y cuatro hijos al municipio de Fundación, tras recibir amenazas de desocupar su finca de 31 hectáreas, conocida como “La Mano de Dios”. Esta tierra le había sido adjudicada por el extinto Incora mediante resolución del 18 de diciembre de 1991.
En el año 2000, paramilitares fueron a buscar a Charris a su casa en Fundación. Bajo presión, se vio obligado a vender la finca por 12 millones de pesos a Carlos Arturo Rueda Acevedo, aunque el avalúo comercial era de 271 millones. La compraventa quedó registrada el 18 de agosto de 2000. Desde entonces, la familia se vio obligada a sobrevivir en la informalidad y en trabajos varios.
Orlando Charris falleció el 13 de enero de 2008. Según Mary Luz, su padre nunca quiso vender la finca porque deseaba que fuera la herencia de sus hijos. Murió con ese dolor atravesado. En 2014, la familia Charris logró que su caso fuera incluido en el Registro Único de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzosamente. Según el Observatorio de Tierras, liderado por el investigador Francisco Gutiérrez Sanín, en Salaminita al menos 37 predios fueron despojados.
En 2018, el Tribunal Superior de Cartagena falló a favor de la comunidad de Salaminita y ordenó la restitución material y jurídica de sus tierras. La noticia generó tanta expectativa que una de las hijas de Orlando Charris, residente en Santa Marta, viajó al corregimiento junto a sus tres hermanos y su madre, Tomasa Bolaño, para recuperar su finca después de casi 20 años. Sin embargo, la ilusión se desvaneció cuando les informaron que serían restituidos por compensación. “No sabíamos qué significaba eso. Mi mamá se puso a llorar. Mientras a los demás les entregaron su finca de toda la vida, a nosotros nos mandaron a otra parte. No hemos sido restituidos y esa herida se volvió a abrir”, cuenta Mary Luz.
El peritaje realizado por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (Igac) evidenció un traslape de la finca con tres predios colindantes. Con base en ese informe, el Tribunal ordenó la restitución por compensación: entregar la finca al Fondo de Restitución de Tierras y recibir otra con condiciones similares, o en su defecto, el pago del valor comercial.
Mientras los demás retornaron a sus fincas, la familia Charris decidió también regresar a su predio, donde permanecen desde entonces. Aunque el Fondo de Restitución de Tierras les permitió quedarse inicialmente para recoger las cosechas, la entrega formal de la finca al Fondo se efectuó el 25 de noviembre de 2020.
Desde entonces, los Charris han enfrentado presiones del antiguo ocupante, Carlos Arturo Rueda Acevedo. Este ganadero de la región, que fue el opositor de la familia Charris en el proceso de restitución, también adquirió otros dos predios en Salaminita que tuvo que devolver. Carlos Rueda compró tres fincas que suman 63 hectáreas (630 mil metros cuadrados, lo que equivale a más de tres veces la extensión del Estadio El Campín de Bogotá).
El hombre de la foto es Carlos Rueda, antiguo propietario de tres predios de víctimas desplazadas del corregimiento de Salaminita
La transacción de los tres predios se realizó el mismo día, el 18 de agosto del 2000. Además, la fincas de la familia Charris, de Augusto Araque y Norberto Escorcia, las otras dos víctimas que vendieron su tierra a Rueda, colindan entre sí, por lo que parece que Rueda tenía muy claro los terrenos que quería adquirir a pesar de que era de conocimiento público el desplazamiento masivo que hubo en Salaminita por la violencia de las AUC.
En el proceso de restitución no sólo de la familia Charris sino de las demás víctimas de Salaminita estuvieron como opositores los Rueda y Adolfo Díaz Quintero, quien fue a juicio por desplazamiento forzado, reconocidos terratenientes de la región. En el informe del Centro Nacional de Memoria Histórica (CNMH) “La tierra se quedó sin su canto”, que relata el impacto del Bloque Norte de las AUC en el Caribe colombiano, el CNMH menciona que un exintengrante del Frente Pivijay señaló que tras el desplazamiento masivo en Salaminita todo quedó en manos de los Rueda y de Adolfo Díaz Quintero. Según el Tribunal Superior de Antioquia, las familias Rueda Acevedo y Díaz Quintero adquirieron tierras de forma irregular entre 2002 y 2003, corrieron sus linderos y usurparon todo el territorio.
En medio de estos señalamientos, Carlos Rueda ha hostigado a la familia Charris después del fallo de 2018 del Tribunal Superior de Cartagena a favor de las víctimas. El 9 de noviembre de 2020, la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ), que representa a las víctimas, denunció a Carlos Rueda ante la Fiscalía. La CCJ sostuvo que el 28 de septiembre de ese año, Rueda amenazó verbalmente a la familia Charris y les exigió abandonar la finca a pesar de que el Tribunal ya había fallado a su favor. Incluso, Rueda presentó una querella por perturbación a la posesión ante la Inspección de Policía de Pivijay cuando ya no tenía derecho sobre el predio.
Mary Luz Charris recuerda que en una ocasión llegaron dos hombres a la finca preguntando por su hermano en nombre de Rueda. La preocupación no era solo por las amenazas, sino por el contexto: en la región, los ganaderos han sido señalados de tener nexos con los paramilitares.
Alfonso José Romero Romo, alcalde de Pivijay entre 1998 y 2000, época en que estuvo en auge el despojo paramilitar, fue capturado en 2018 por presuntos nexos con las AUC. Ramón Prieto Jure, quien fue elegido alcalde de Pivijay en el 2000, se desmovilizó en el 2006 junto al resto de paramilitares en calidad de informante. Los ‘paras’ contaron en Justicia y Paz que ayudaron tanto a Prieto como a Carlos Alfonso Severini, alcalde de Pivijay entre el 2004 y 2007, tachando ellos mismos los tarjetones electorales.
Además de la inconformidad por no poder regresar jurídicamente a sus antiguas tierras, sumado a los problemas con Carlos Rueda, la familia Charris aún no logra realizar la sucesión de la propiedad, teniendo en cuenta que el predio estaba a nombre de Orlando Charris que falleció en 2008. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), seccional Santa Marta, no ha permitido realizar el proceso porque le está cobrando a los Charris el impuesto de renta del periodo 2016-2021 a pesar de que fueron despojados material y jurídicamente, lo que para la CCJ es una determinación que va en contra de la reparación integral de las víctimas.
La declaración de renta y la restitución
Como Orlando Charris falleció en 2008, pero el predio a restituir aún se encuentra a su nombre, la sentencia del Tribunal ordenó realizar el proceso de sucesión a sus hijos. Es importante aclarar que el fallo cobijó al señor Charris, pero también a su esposa, Tomasa Bolaño, quien todavía sigue con vida. La propiedad de la finca se dividió entre la señora Bolaño y los interesados en heredar la parte correspondiente a Orlando Charris, que son sus hijos. El Tribunal le ordenó a la Defensoría del Pueblo que se encargue del trámite.
El trámite parecía avanzar hasta que surgió un obstáculo inesperado: la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). La Defensoría del Pueblo del Magdalena radicó ante la Notaría Única del Círculo de Pivijay una solicitud donde presenta tanto el trabajo de partición y adjudicación de la sociedad patrimonial a favor de Tomasa Bolaño y la liquidación de la herencia de Orlando Charris a sus cuatro hijos, relacionando el predio objeto de restitución avaluado en 271 millones. Aquí se desencadena el problema por el que interviene la DIAN de Santa Marta debido a que como el valor total del predio es superior a 150 millones la notaría necesita el paz y salvo de la DIAN.
En 2021 los Charris recibieron la primera respuesta de la DIAN seccional Santa Marta. La entidad dijo que la familia debía nombrar un representante para adelantar la sucesión ilíquida, que es el total de bienes, deudas y rentas de una persona que falleció y que no han sido repartido entre los herederos. Además, la DIAN exigió la declaración de renta del periodo 2016-2021, a pesar de que durante esos años la familia no tuvo acceso a la tierra ni pudo explotarla por causa del despojo. La Comisión Colombiana de Juristas (CCJ), que representa a los Charris, argumenta que la DIAN les impuso una obligación que no deben pagar debido que para ese tiempo no tenían la propiedad del bien ni material ni jurídicamente a causa del despojo.
“Hicimos el acercamiento y le comentamos a la DIAN que en virtud del proceso de restitución de tierras el señor Orlando adquirió el predio nuevamente y que incluso en estos momentos todavía no se ha materializado ni siquiera la sentencia la restitución, por lo que ni él ni sus herederos están obligados a pagar la declaración de renta”, cuenta la CCJ. El equipo jurídico menciona que si no se ha pagado la renta del bien en los últimos cinco años sí o sí es necesario declarar renta por parte de la sucesión (los herederos) para que la DIAN otorgue el paz y salvo.
En principio la CCJ le hizo la declaración de renta a los Charris sólo por el 2021 porque consideraron que no debían responder por los demás años en vista del despojo sufrido. Hicieron la radicación de la sucesión tomando el valor de los 271 millones que es la tasación del predio y les dio un valor a pagar de cero. Tras esto presentaron la declaración. La DIAN respondió que faltaba la declaración de renta de los años 2016 a 2020. Así, lo que parecía una formalidad se convirtió en un bloqueo administrativo que mantiene estancado el proceso de restitución.
La CCJ recurrió al Tribunal Superior de Cartagena, el cual respondió el 15 de agosto de 2023 que no había claridad si se debía pagar algo o no porque no se hizo la declaración de 2016 a 2020, pero que en caso de que la familia Charris tuviera que pagar, la Unidad de Restitución de Tierras (URT) debía asumir el gasto. La CCJ corrigió la declaración de renta, dejando el valor de bienes en cero debido a que a fecha de 2021 el bien no retornó a la familia, por lo que argumentan que no se debe declarar. Para esto consultaron con expertos tributarios que respaldan esta postura.
La organización teme que esta exigencia sea un precedente peligroso: que otras familias en proceso de restitución se enfrenten al mismo obstáculo fiscal injusto. “Entramos en el debate de que si esto iba a ser una causal o una línea que iba a tomar la DIAN para evitar la materialización de los procesos de restitución. Creímos conveniente seguir en la pelea porque consideramos que la DIAN debe cambiar su concepto y no queremos dejar un precedente que va en contra de la reparación integral de las víctimas”, afirma el equipo jurídico de la CCJ. Acudieron a la DIAN nacional solicitando una respuesta alrededor de este tema y la entidad les compartió el concepto 3570 de 2023 donde la entidad establece explícitamente que los bienes despojados que hacen parte de restitución de tierras no se deben incluir en la declaración de renta tal como se evidencia en la siguientes imágenes:
Como queda evidenciado en el propio concepto de la DIAN, se entiende que el despojo material, y en el caso de la familia Charris también fue jurídico, no permite aprovechar económicamente el bien y la manera arbitraria en que se priva de explotar y administrar el patrimonio exime a las víctimas de la declaración de renta. Además, la DIAN le respondió a la CCJ en su solicitud que como no se ha culminado el proceso de restitución, es decir que todavía los Charris no han tenido un aumento patrimonial porque la sucesión no se ha completado, entonces no deben declarar algo que aún no les ha ingresado como lo sería otra finca por el asunto de la compensación o un pago por el valor de su predio.
A pesar de esto, la DIAN Santa Marta se negó a aceptar el concepto nacional y mantuvo la exigencia: no puede expedir el paz y salvo. La entidad expresó que en todo caso debían acercarse a la notaría de Pivijay para replantear la solicitud. Hasta ahí quedó el caso con la DIAN Santa Marta. Para aquel momento, en 2024, Enrique César Rodríguez Salamanca era el director seccional de la DIAN Santa Marta y Mario Alfredo Castellanos Salamanca era el jefe de la división de recaudo y cobranzas.
Sin embargo, cuando se logre obtener el paz y salvo de la DIAN de Santa Marta no acaban los trámites jurídicos para los Charris. Como el deseo de la familia es ser restituidos en su predio y resolver el problema del traslape, la CCJ menciona que van a tratar de que la URT compense por especie a los Charris, lo que quiere decir que el bien que van a solicitar para ser restituidos es su misma finca que ya entregaron al Fondo de Tierras en 2020.
A pesar de que esto alargaría aún más el proceso, la familia Charris mantiene la convicción de que a las únicas tierras a las que quieren regresar son a las que les quitaron hace 25 años. “Esto es una lucha. No importa que pasen 10 años, no queremos ni otra finca ni plata. Sólo nos vamos a sentir restituidos cuando tengamos otra vez nuestro predio con todas las de la ley”, afirma Mary Luz Charris.