La Revista RAYA conoció que la iniciativa se filtró a la prensa antes de ser presentada ante la Sala Plena de la Corte Constitucional, lo que dejaría al magistrado ponente fuera del debate y el documento quedaría inválido. Varios magistrados recusarán a Ibañez. Se aplicaría jurisprudencia de la Corte Constitucional surgida de un caso similar promovido por el parapolítico Luis Alfredo Ramos contra Noticias Uno en 2018.
Por Redacción Revista RAYA
Este lunes 26 de junio diferentes medios de comunicación amanecieron con una noticia exclusiva: el magistrado de la Corte Constitucional, Jorge Enrique Ibañez, elaboró una ponencia para tumbar en el alto tribunal la Ley 2272 de 2022 de Paz Total con la que el gobierno de Gustavo Petro pretende dialogar y llegar a acuerdos con distintos actores armados ilegales que existen en el país. No obstante, la divulgación de la noticia, que se cataloga como una filtración, podría poner en vilo la validez del documento y sacar al magistrado Ibañez del debate.
La Revista RAYA conoció que la iniciativa podría caerse ya que el documento del magistrado se filtró a la prensa antes de ser presentado ante la Sala Plena de la Corte, hecho que podría generar que el magistrado Ibáñez sea recusado por alguno de sus homólogos, o por cualquier persona particular, y así la ponencia quedaría inválida. La base jurídica para que los ocho magistrados estén discutiendo esta posibilidad es la sentencia SU-274 de 2019, la cual surgió a raíz del caso promovido por el exgobernador de Antioquia, Luis Alfredo Ramos Botero, contra Noticias Uno, que cumplió con su labor de informar, pero por la filtración la Corte dejó un precedente.
En su solicitud el condenado por parapolítica consideró que sus derechos fundamentales a la dignidad humana, a la honra y al buen nombre fueron vulnerados en la emisión del 20 de enero de 2018, debido a la filtración y posterior publicación de un proyecto de sentencia en su contra, por parte de la Corte Suprema de Justicia, por promover el proyecto político Urabá Grande Unidad y en Paz de reconocida inclinación paramilitar. En esa emisión el noticiero aseguró que: “después de seis años de iniciarse la investigación solo hasta ahora se conoce un proyecto que resuelve su situación condenándolo a 91 meses de prisión”. El 20 de abril de 2022 la Corte Suprema de Justicia dejó en firme la condena contra el exdirigente del Partido Conservador como autor del delito de concierto para delinquir agravado con la finalidad de promover grupos armados ilegales.
Concretamente, la Corte Constitucional centró su análisis de la sentencia SU-274 en determinar si la filtración a los medios de comunicación de un proyecto es suficiente para separar al magistrado y ordenar la recomposición de la Sala que definirá el caso. Este punto la Sala Plena lo definió así: “La filtración de dicha información puede incidir más fácilmente en la opinión de alguno de los magistrados, condicionando su deliberación, interfiriendo indebidamente en el interés de una serena administración de justicia y, en consecuencia, deslegitimando la decisión definitiva".
En su decisión, la Corte Constitucional consideró que la filtración de los casos podría generar una afectación en las garantías de quien sea sometido al proceso jurídico, no sólo porque la opinión pública tendría conocimiento de lo discutido durante el proceso, “sino además, se traduce en un riesgo a la imparcialidad del juez”. El tribunal consideró que la violación del secreto del sumario no es tanto un problema de excesos de la libertad de expresión, como de falta de responsabilidad de los jueces y fiscales que incumplen el deber del secreto. Situación que se estaría presentando en la ponencia del magistrado Jorge Enrique Ibáñez ya que la información para tumbar la Ley de Paz Total habría sido filtrada desde su propio despacho, pues nunca llegó previamente a las manos de sus compañeros para su estudio y discusión.
Además, en este caso se podría estar incurriendo en lo que se conoce como un juicio paralelo, el cual es un proceso público de enjuiciamiento y de valoración social realizado por los medios de comunicación sobre un asunto que está siendo discutido en la Corte. “El juicio paralelo por motivos políticos, sociales o económicos podría ir mucho más allá, pues en ciertos casos, aunque no influya sobre la decisión de los jueces, sí proyecta un mensaje sobre la sociedad, llegando incluso a perjudicar la credibilidad de la justicia si el fallo de los jueces no coincide con el fallo que el juicio paralelo defiende, ampara y protege”, enfatizó la Corte Constitucional.
Las valoraciones de terceros, propiciadas por la filtración, de acuerdo con la Corte, pueden generar una afectación del proceso de decisión del juez, de su imparcialidad e independencia, por esa razón la Corte Constitucional aclaró que en Colombia la justicia consagra que los funcionarios de los diferentes órganos del Estado que incumplan el deber del secreto e intervengan en los procesos podrán ser sancionados a nivel penal y disciplinario. “Debe reiterarse que la obligación de reserva o secreto que cubre a ciertos documentos o información oficial cobija a los funcionarios y demás personas que están sujetos a la misma, mandato que no se extiende a los medios periodísticos”.
Fuentes del alto tribunal le confirmaron a la Revista RAYA que varios magistrados de la Corte Constitucional están estudiando la posibilidad de apartar a Jorge Enrique Ibáñez de este proceso debido a la filtración a los medios de la ponencia desde su oficina. Incluso, esta revista conoció que desde el Gobierno Nacional también se está barajando la alternativa de recusar al magistrado a la luz de los anteriores argumentos.
Por ahora, los magistrados de la Corte Constitucional no realizarán sesiones de la Sala Plena durante esta y la próxima semana, debido a “actividades de empalme, reorganización interna y levantamiento de inventarios que permitan mantener el adecuado funcionamiento de la Corporación”. Mientras esto pasa y se define el futuro de la ponencia de Jorge Enrique Ibáñez, el magistrado necesitaría cinco votos de nueve para sepultar la Paz Total del Gobierno Nacional. Según él, dicha Ley fue sancionada por el presidente de la República a pesar de tener vicios de trámite como no contar con el concepto del Consejo de Política Criminal y que se debatió en el Congreso de la República sin la información necesaria para su análisis. La pelea al interior de la Corte será en julio.